NeuQs Help Desk 2.01

Licencia: Prueba gratuita ‎Tamaño del archivo: 228.77 MB
‎Calificación de usuarios: 4.0/5 - ‎3 ‎Votos

Ya sea que esté buscando una solución de asistencia técnica para apoyar a los usuarios de su propia empresa, o si es una organización de soporte que se ocupa de varias empresas con muchos sitios, el servicio de ayuda de NeuQs se asegurará de ofrecer niveles profesionales o servicio a través de una gestión oportuna y altos niveles de comentarios. Desarrollado en Microsoft Silverlight, para ofrecerle una experiencia de usuario realmente atractiva y basada en tecnologías .Net y el uso de SQL Server escalable, es un servicio de ayuda robusto e intuitivo que mejorará sus niveles de servicio simplemente trabajando con él. Cuenta con la rápida creación de tickets de asistencia a través de formularios intuitivos, la aceptación de nuevas llamadas por correo electrónico o el autoservicio de formulario web de usuario. Actualizar las llamadas para dar un seguimiento de auditoría completo y el correo electrónico automático significa que usted sabe dónde se encuentra con cada evento. El cliente del servicio de asistencia de NeuQs está totalmente basado en la web, lo que significa que la implementación para sus colegas y clientes es rápida. Esta versión del servicio de ayuda de NeuQs está totalmente operativa sin funcionalidad limitada en el tiempo, por lo que puede usarla con confianza para dar soporte a su organización o clientes en el futuro. Características principales: Sin anuncios, sin ventas, sin comisiones de soporte y no tienes que registrarte Las últimas tecnologías - Silverlight y .Net Framework Programación de eventos: cumpla con sus plazos y administre sus recursos Integración de correo electrónico para actualizaciones y notificaciones sin problemas Plantillas de mensajes para la salida de correo electrónico personalizable Entrada rápida de solicitudes de servicio por correo electrónico, portal de clientes o formulario rápido Gestión de prioridades y escalamiento por fecha de vencimiento y usuario Responsabilidad y seguimiento completos : nunca pierdas de vista un problema Interfaz de usuario intuitiva - para un uso fácil por su equipo y los usuarios para una rápida toma.

historial de versiones

  • Versión 2.01 publicado en 2012-06-20
    Soporte de idiomas, informes, elección de logotipo, soporte técnico de Azure Cloud
  • Versión 1.0 publicado en 2011-02-14
    Lanzamiento inicial

Detalles del programa

Cluf

EULA - Contrato de licencia de usuario final

Licencia Pública Común Versión 1.0 EL PROGRAMA DE ACOMPAÑAMIENTO SE PROPORCIONA BAJO LAS CONDICIONES DE ESTA LICENCIA PUBLICA COMÚN ("ACUERDO"). CUALQUIER USO, REPRODUCCIÓN O DISTRIBUCIÓN DEL PROGRAMA CONSTITUYE LA ACEPTACIÓN DE ESTE ACUERDO POR PARTE DEL DESTINATARIO. 1. DEFINICIONES "Contribución" significa: a) en el caso del Colaborador inicial, el código inicial y la documentación distribuidos en virtud de este Acuerdo, y b) en el caso de cada Colaborador posterior: i) cambios en el Programa, y ii) adiciones al Programa; cuando dichos cambios y/o adiciones al Programa se originen y sean distribuidos por ese Colaborador en particular. Una Contribución "se origina" de un Colaborador si fue agregada al Programa por el propio Colaborador o por cualquier persona que actúe en nombre de dicho Colaborador. Las contribuciones no incluyen adiciones al Programa que: (i) son módulos separados de software distribuidos en conjunto con el Programa bajo su propio acuerdo de licencia, y (ii) no son trabajos derivados del Programa. "Contributor" se refiere a cualquier persona o entidad que distribuya el Programa. "Patentes con licencia " significan reclamaciones de patente que pueden ser calumniables por un Colaborador que necesariamente son infringidas por el uso o venta de su Contribución solo o cuando se combinan con el Programa. "Programa" se refiere a las Contribuciones distribuidas de acuerdo con este Acuerdo. "Receptor" se refiere a cualquier persona que reciba el Programa bajo este Acuerdo, incluidos todos los Colaboradores. 2. CONCESIÓN DE DERECHOS a) Sujeto a los términos de este Acuerdo, cada Colaborador otorga al Destinatario una licencia de copyright no exclusiva, mundial y libre de regalías para reproducir, preparar obras derivadas, exhibir públicamente, ejecutar públicamente, distribuir y sublicenciar la Contribución de dicho Colaborador, si la hubiera, y dichas obras derivadas, en forma de código fuente y código objeto. b) Sujeto a los términos de este Acuerdo, cada Colaborador otorga al Destinatario una licencia de patente no exclusiva, mundial y libre de regalías en virtud de Patentes con Licencia para hacer, usar, vender, ofrecer vender, importar y transferir de otro modo la Contribución de dicho Colaborador, si la hubiera, en forma de código fuente y código objeto. Esta licencia de patente se aplicará a la combinación de la Contribución y el Programa si, en el momento en que el Contribuyente agrega la Contribución, dicha adición de la Contribución hace que dicha combinación esté cubierta por las Patentes con Licencia. La licencia de patente no se aplicará a ninguna otra combinación que incluya la Contribución. Ningún hardware per se tiene licencia en virtud del presente documento. c) El Destinatario entiende que aunque cada Contribuyente otorga las licencias a sus Contribuciones establecidas en este documento, ningún Colaborador garantiza que el Programa no infrinja la patente u otros derechos de propiedad intelectual de ninguna otra entidad. Cada Colaborador se exime de cualquier responsabilidad ante el Destinatario por las reclamaciones presentadas por cualquier otra entidad basadas en la infracción de los derechos de propiedad intelectual o de otro modo. Como condición para ejercer los derechos y licencias otorgados en virtud del presente, cada Destinatario asume la responsabilidad exclusiva de garantizar cualquier otro derecho de propiedad intelectual necesario, si lo hubiera. Por ejemplo, si se requiere una licencia de patente de terceros para permitir que el Destinatario distribuya el Programa, es responsabilidad del Destinatario adquirir esa licencia antes de distribuir el Programa. d) Cada Colaborador declara que, a su entender, tiene suficientes derechos de autor en su Contribución, si los hubiera, para otorgar la licencia de derechos de autor establecida en este Acuerdo. 3. REQUISITOS Un Colaborador puede optar por distribuir el Programa en forma de código objeto bajo su propio acuerdo de licencia, siempre que: a) cumple con los términos y condiciones de este Acuerdo; Y b) su contrato de licencia: i) renuncia efectivamente en nombre de todos los Colaboradores a todas las garantías y condiciones, expresas e implícitas, incluidas las garantías o condiciones de título y no infracción, y las garantías implícitas o condiciones de comerciabilidad e idoneidad para un propósito particular; ii) excluya efectivamente en nombre de todos los Contribuyentes toda responsabilidad por daños, incluyendo daños directos, indirectos, especiales, incidentales y consecuentes, tales como la pérdida de beneficios; iii) establece que cualquier disposición que difieran de este Acuerdo es ofrecida por ese Contribuyente solo y no por ninguna otra parte; Y iv) establece que el código fuente del Programa está disponible en dicho Colaborador, e informa a los licenciatarios sobre cómo obtenerlo de manera razonable en o a través de un medio utilizado habitualmente para el intercambio de software. Cuando el Programa está disponible en forma de código fuente: a) debe estar disponible en virtud de este Acuerdo; Y b) una copia de este Acuerdo debe incluirse con cada copia del Programa. Los Colaboradores no pueden eliminar ni alterar ningún aviso de derechos de autor contenido en el Programa. Cada Colaborador debe identificarse como el creador de su Contribución, si la hubiera, de una manera que permita razonablemente a los Destinatarios posteriores identificar al creador de la Contribución. 4. DISTRIBUCION COMERCIAL Los distribuidores comerciales de software pueden aceptar ciertas responsabilidades con respecto a los usuarios finales, socios comerciales y similares. Si bien esta licencia está destinada a facilitar el uso comercial del Programa, el Colaborador que incluye el Programa en una oferta de productos comerciales debe hacerlo de una manera que no cree responsabilidad potencial para otros Colaboradores. Por lo tanto, si un Colaborador incluye el Programa en una oferta de productos comerciales, dicho Colaborador ("Contributivo Comercial") se compromete a defender e indemnizar a cualquier otro Colaborador ("Contribuyente Indemnizado") contra cualquier pérdida, daños y costes (colectivamente "Pérdidas") derivados de reclamaciones, demandas y otras acciones legales interpuestas por un tercero contra el Contribuyente Indemnizado en la medida causada por los actos u omisiones de dicho Contribuyente Comercial en relación con su distribución del Programa en una oferta de productos comerciales. Las obligaciones de esta sección no se aplican a ninguna reclamación o pérdida relacionada con ninguna infracción real o presunta de la propiedad intelectual. Para calificar, un Colaborador Indemnizado debe: a) notificar inmediatamente al Contribuyente Comercial por escrito de dicha reclamación, y b) permitir que el Contribuyente Comercial controle y coopere con el Contribuyente Comercial en la defensa y cualquier negociación de acuerdo relacionada. El Colaborador Indemnizado puede participar en cualquier reclamación por su cuenta. Por ejemplo, un Colaborador podría incluir el Programa en una oferta de productos comerciales, Producto X. Ese Colaborador es entonces un Colaborador Comercial. Si ese Colaborador Comercial presenta reclamos de desempeño u ofrece garantías relacionadas con el Producto X, esas reclamaciones y garantías de desempeño son responsabilidad de dicho Colaborador Comercial por sí solo. Bajo esta sección, el Contribuyente Comercial tendría que defender reclamaciones contra los otros Contribuyentes relacionados con esas reclamaciones y garantías de desempeño, y si un tribunal requiere que cualquier otro Contribuyente pague cualquier daño como resultado, el Contribuyente Comercial debe pagar esos daños. 5. SIN GARANTIA EXCEPTO LO EXPRESAMENTE ESTABLECIDO EN ESTE ACUERDO, EL PROGRAMA SE PROPORCIONA EN UN "COMO ES" BASE, SIN GARANTIAS O CONDICIONES DE NINGUNA TIPO, EXPRESA O IMPLICA INCLUYENDO, SIN LIMITACIONES, CUALQUIER GARANTIA O CONDICIONES DE TITULARIDAD, NO INFRACCIóN, COMERCIABILIDAD O IDONEIDAD PARA UN FIN PARTICULAR. Cada Destinatario es el único responsable de determinar la idoneidad de usar y distribuir el Programa y asume todos los riesgos asociados con su ejercicio de derechos en virtud de este Acuerdo, incluidos, entre otros, los riesgos y costos de los errores del programa, el cumplimiento de las leyes aplicables, el daño o la pérdida de datos, programas o equipos, y la falta de disponibilidad o interrupción de las operaciones. 6. RESPONSABILIDAD DE RESPONSABILIDAD EXCEPTO LO EXPRESAMENTE ESTABLECIDO EN ESTE ACUERDO, NI EL RECIPIENTE NI NINGUNA CONTRIBUIDORA TIENE NINGUNA RESPONSABILIDAD POR NINGUNA RESPONSABILIDAD DIRECTA, INDIRECTA, INCIDENTAL, ESPECIAL, EJEMPLAR O CONSECUENCIAL (INCLUYENDO, SIN LIMITACIONES, LOS PROFESORES PERDIDOS), SIN EMBARGO CAUSADOS Y EN CUALQUIER TEORIA DE RESPONSABILIDAD, YA SEA EN CONTRATO, RESPONSABILIDAD ESTRICTA , INCLUSO SI SE ADVERTENCIA DE LA POSIBILIDAD DE DICHOS DAños. 7. GENERAL Si alguna disposición de este Acuerdo es inválida o inaplicable bajo la ley aplicable, no afectará la validez o aplicabilidad del resto de los términos de este Acuerdo, y sin ninguna acción adicional por parte de las partes en el presente, dicha disposición se reformará en la medida mínima necesaria para que dicha disposición sea válida y ejecutable. Si el Destinatario instituye un litigio de patentes contra un Colaborador con respecto a una patente aplicable al software (incluyendo una reclamación cruzada o una contrademanda en una demanda), entonces cualquier licencia de patente otorgada por dicho Contribuyente a dicho Destinatario en virtud de este Acuerdo terminará a partir de la fecha en que se presente dicho litigio. Además, si el Destinatario instituye litigios de patentes contra cualquier entidad (incluida una reclamación cruzada o una contrademanda en una demanda) alegando que el propio Programa (excluyendo combinaciones del Programa con otro software o hardware) infringe las patentes de dicho Destinatario, entonces los derechos de dicho Destinatario otorgados en virtud de la Sección 2(b) terminarán a partir de la fecha en que se presente dicho litigio. Todos los derechos del Destinatario en virtud de este Acuerdo terminarán si no cumple con cualquiera de los términos o condiciones materiales de este Acuerdo y no cura dicho incumplimiento en un período de tiempo razonable después de tener conocimiento de dicho incumplimiento. Si todos los derechos del Destinatario en virtud de este Acuerdo terminan, el Destinatario acepta dejar de usar y distribuir el Programa tan pronto como sea razonablemente posible. Sin embargo, las obligaciones del Destinatario en virtud de este Acuerdo y cualquier licencia otorgada por el Destinatario en relación con el Programa continuarán y sobrevivirán. Todo el mundo está autorizado a copiar y distribuir copias de este Acuerdo, pero con el fin de evitar incoherencias el Acuerdo está protegido por derechos de autor y solo puede ser modificado de la siguiente manera. El Administrador del Acuerdo se reserva el derecho de publicar nuevas versiones (incluidas las revisiones) de este Acuerdo de vez en cuando. Nadie que no sea el Administrador del Acuerdo tiene derecho a modificar este Acuerdo. IBM es el administrador inicial del acuerdo. IBM puede asignar la responsabilidad de servir como administrador de acuerdos a una entidad independiente adecuada. A cada nueva versión del Acuerdo se le dará un número de versión distintivo. El Programa (incluidas las Contribuciones) siempre puede distribuirse sujeto a la versión del Acuerdo en virtud del cual fue recibido. Además, después de que se publique una nueva versión del Acuerdo, el Colaborador puede optar por distribuir el Programa (incluidas sus Contribuciones) bajo la nueva versión. Salvo que se indique expresamente en las Secciones 2(a) y 2(b) anteriores, el Destinatario no recibe ningún derecho o licencia sobre la propiedad intelectual de ningún Colaborador en virtud de este Acuerdo, ya sea expresamente, por implicación, impedimento o de otra manera. Todos los derechos del Programa no otorgados expresamente en virtud de este Acuerdo están reservados. Este Acuerdo se rige por las leyes del Estado de Nueva York y las leyes de propiedad intelectual de los Estados Unidos de América. Ninguna de las partes en este Acuerdo emprenderá una acción legal en virtud de este Acuerdo más de un año después de que surgiera la causa de la acción. Cada parte renuncia a sus derechos a un juicio con jurado en cualquier litigio resultante.