Rebrandable File Splitter 1.0

Licencia: Prueba gratuita ‎Tamaño del archivo: 902.94 KB
‎Calificación de usuarios: 4.0/5 - ‎1 ‎Votos

Con Simple File Splitter puede dividir y unir archivos grandes para caber en disco, CD-rom, memoria USB o tarjeta SD. Elija entre una lista de tamaños comunes o defina uno personalizado. Esta es una herramienta especial de software rebrandable y puede cambiar la marca de este software con su propio banner y enlace de texto, así como su propio título de software de etiqueta privada. Todas las herramientas de software son compatibles con Windows 95, 98, XP, Vista y Windows 7 (32bit/64bit)

historial de versiones

  • Versión 1.0 publicado en 2012-07-06

    EULA - Contrato de licencia de usuario final



    CONTRATO DE LICENCIA DE SOFTWARE

    Este Contrato de Licencia de Software es hecho y efectivo este 05/06/12 por el Desarrollador y Usted. Desarrollador ha desarrollado y licencia a los usuarios de su programa de software comercializado bajo el nombre Simple File Splitter. El Licenciatario desea utilizar una copia del Software.

    AHORA, POR LO TANTO, en consideración a las promesas mutuas establecidas en este documento, el Desarrollador y el Licenciatario acuerdan lo siguiente:

    1. Licencia.
    El Desarrollador otorga al Licenciatario una licencia perpetua, no exclusiva y limitada para usar el Software en los Estados Unidos de América según lo establecido en este Acuerdo.

    2. Restricciones.
    El Licenciatario no podrá modificar, copiar, duplicar, reproducir, licenciar o sublicenciar el Software, ni transferir o transmitir el Software o cualquier derecho en el Software a nadie más sin el consentimiento previo por escrito del Desarrollador; siempre que el Licenciatario pueda hacer una copia del Software con fines de copia de seguridad o archivo.

    3. Garantía de título.
    Por la presente, el Desarrollador declara y garantiza al Licenciatario que el Desarrollador es el propietario del Software o tiene el derecho de otorgar al Licenciatario los derechos establecidos en este Acuerdo. En caso de incumplimiento o amenaza de incumplimiento de la representación y garantía anterior, el único recurso del Licenciatario será exigir al Desarrollador o: i) procurar, a expensas del Desarrollador, el derecho a utilizar el Software, ii) reemplazar el Software o cualquier parte del mismo que incumpla y reemplazarlo por Software de funcionalidad comparable que no cause ningún incumplimiento, o iii) reembolsar al Licenciatario el importe total de la licencia a la devolución del Software.

    4. Garantía de funcionalidad.
    Un. Durante un período de 30 días a partir de la entrega del Software al Licenciatario (el "Período de Garantía"), el Desarrollador garantiza que el Software funcionará en todos los aspectos materiales de acuerdo con las especificaciones del Desarrollador relativas al Software cuando se utilice con el equipo informático adecuado. En caso de incumplimiento o presunto incumplimiento de esta garantía, el Licenciatario notificará inmediatamente al Desarrollador y devolverá el Software al Desarrollador a expensas del Licenciatario. El único recurso del Licenciatario será que el Desarrollador corrija el Software para que funcione de acuerdo con la garantía. Esta garantía no se aplicará al Software si es modificada por alguien o si se utiliza incorrectamente o en un entorno operativo no aprobado por el Desarrollador.
    B. En caso de que se presente algún defecto en los medios sobre los que se proporciona el Software que surja dentro de los 30 días siguientes a la fecha de entrega del Software, al devolverlo al Desarrollador del Software al medio original, el Desarrollador proporcionará al Licenciatario una nueva copia del Software.

    5. Mantenimiento de software.
    A. Mantenimiento estándar. Durante el Período de Garantía, el Desarrollador deberá proporcionar al Licenciatario cualquier versión nueva, corregida o mejorada del Software creada por el Desarrollador. Dicha mejora incluirá todas las modificaciones al Software que aumenten la velocidad, eficiencia o facilidad de uso del Software, o agreguen capacidades o funciones adicionales al Software, pero no incluirán ninguna versión sustancialmente nueva o reescrita del Software.
    B. Mantenimiento opcional. Después de la expiración del Período de Garantía, el Licenciatario puede continuar recibiendo soporte de mantenimiento por períodos sucesivos de doce (12) meses. El cargo por dicho soporte de mantenimiento opcional será el precio de lista regular del Desarrollador para el mantenimiento y el soporte para el Software publicado de vez en cuando por el Desarrollador. El Licenciante notificará al Desarrollador por escrito si desea recibir mantenimiento opcional. Si el Licenciatario no toma mantenimiento opcional y luego decide recibirlo, el Desarrollador se reserva el derecho de cobrar al Licenciatario sus tarifas de mantenimiento por el período de lapso de mantenimiento. El desarrollador puede optar por interrumpir el mantenimiento en cualquier momento previo aviso al Licenciatario, y el reembolso de cualquier cargo de mantenimiento no obtenido.

    6. Pago.
    El pago de la tarifa de licencia se realizará en el momento de la entrega del Software. El pago de cualquier otra cantidad adeudada por el Licenciatario al Desarrollador de conformidad con este Acuerdo se pagará dentro de los treinta (30) días siguientes a la factura del Desarrollador. En caso de que cualquier cantidad vencida adeudada por el Licenciatario no se paga después de diez (10) días por escritoOper. En el caso de que cualquier cantidad vencida adeudada por el Licenciatario no se pague después de diez (10) días de notificación por escrito del Desarrollador, entonces además de cualquier otra cantidad adeudada, el Desarrollador puede imponer y el Licenciatario pagará un cargo por pago atrasado a la tasa del uno por ciento (1%) por mes en cualquier cantidad atrasada.

    7. Impuestos.
    Además de todas las demás cantidades adeudadas en virtud del presente documento, el Licenciatario también pagará al Desarrollador, o reembolsará al Desarrollador, según corresponda, todos los montos adeudados por el impuesto sobre la propiedad en el Software y por las ventas, el uso, los impuestos especiales u otros impuestos que se miden directamente por los pagos realizados por el Licenciatario al Desarrollador. En ningún caso el Licenciatario estará obligado a pagar ningún impuesto pagado sobre los ingresos del Desarrollador o pagado por el privilegio del Desarrollador de hacer negocios.

    8. Exención de responsabilidad de garantía.
    LAS GARANTIAS DEL DESARROLLO ESTABLECIDAS EN ESTE ACUERDO SON EXCLUSIVAS Y SON RESPONSABLES DE TODAS LAS OTRAS GARANTIAS, EXPRESAS O IMPLEMENTADAS, INCLUYENDO, PERO NO LIMITADAS A, LAS GARANTIAS IMPLICAS DE COMERCIABILIDAD E IDONEIDAD PARA UN FIN PARTICULAR.

    9. Limitación de responsabilidad.
    El Desarrollador no será responsable ni pagará ninguna cantidad de daños incidentales, consecuentes u otros daños indirectos, ya sea en función de la pérdida de ingresos o de otro modo, independientemente de si el Desarrollador fue informado de la posibilidad de tales pérdidas por adelantado. En ningún caso la responsabilidad del Desarrollador en virtud del presente excederá la cantidad de tarifas de licencia pagadas por el Licenciatario, independientemente de si la reclamación del Licenciatario se basa en contrato, agravio, responsabilidad estricta, responsabilidad del producto o de otra manera.

    10. Aviso.
    Cualquier notificación requerida por este Acuerdo o dada en relación con él, será por escrito y se entregará a la parte apropiada por entrega personal o por correo certificado, franqueo prepagado, o servicios de entrega nocturnos reconocidos.

    11. Ley aplicable.
    Este Acuerdo se interpretará y aplicará de acuerdo con las leyes del estado de Nevada.

    12. Sin asignación.
    Ni este Acuerdo ni ningún interés en este Acuerdo pueden ser cedidos por el Licenciatario sin la previa aprobación expresa por escrito del Desarrollador.

    13. Acuerdo final.
    Este Acuerdo pone fin y reemplaza todos los acuerdos o acuerdos previos sobre el objeto del presente. Este Acuerdo sólo podrá ser modificado por otro escrito debidamente ejecutado por ambas partes.

    14. Divisibilidad.
    Si un tribunal de jurisdicción competente considera que cualquier término de este Acuerdo es inválido o inaplicable, este Acuerdo, incluidos todos los términos restantes, permanecerá en pleno vigor y efecto como si nunca se hubiera incluido dicho término inválido o inaplicable.

    15. Encabezados.
    Los encabezados utilizados en este Acuerdo se proporcionan únicamente por conveniencia y no se utilizarán para interpretar significado o intención.
    EN NINGUNA VEZ, el Desarrollador y el Licenciatario han ejecutado este Contrato de Licencia de Software el día y año anterior escrito.

Detalles del programa