Gestión de riesgos empresariales en tiempo real con Microsoft Excel
Invantive Control es una solución de software probada en tiempo real de Enterprise Risk Management (ERM) para evaluar la probabilidad de amenazas financieras y riesgos de proyectos desde Microsoft Excel. Invantive Control proporciona a las empresas y organizaciones todas las funcionalidades necesarias para tomar decisiones de gestión de riesgos en tiempo real. Además, Invantive Control le permite crear, proteger y compartir matrices de riesgo detalladas, modelos y planes en Microsoft Excel. La entrada y el resultado de los modelos de riesgo se intercambiarán con las bases de datos mediante SQL. Con Invantive Control tendrás todas las funcionalidades que necesitas para controlar riesgos, calcular cifras proyectadas y proyectar tus futuros flujos de efectivo en tiempo real.
Emparejamiento de Excel y bases de datos para optimizar su estrategia de riesgo
Invantive Control le proporciona beneficios tales como:
- Flexibilidad de Excel emparejada con la integridad de los datos proporcionada por su propia base de datos.
- Descarga y carga de hechos en tus bases de datos usando SQL.
- Gestión de riesgos en tiempo real e inteligencia dentro de las normas de cumplimiento.
- Base de datos y almacenamiento de datos con viajes en el tiempo para mirar en sus figuras históricas en toda la empresa.
- Crear y ejecutar modelos predictivos como PD, LGD, NPV e IRR desde Microsoft Excel.
- Calcular las cifras proyectadas, los flujos de efectivo futuros y el retorno de la inversión de capital en tiempo real.
- Marco estructurado que cumple con las normas ISO 27002, SAS 70, Dutch GAAP, USA GAAP e IFRS.
- Abrir y manejar grandes plantillas y modelos dentro de Excel utilizando el sistema integrado de gestión de documentos (DMS).
- Diseñar y editar diferentes modelos de riesgo.
Plataformas soportadas
Invantive Composition for Microsoft Word admite las siguientes bases de datos:
- Microsoft SQL Server
- MySQL
- Oracle RDBMS
- Teradata
- IBM DB2 UDB
- ANSI SQL
- ODBC
Consulte los requisitos mínimos del sistema para obtener todos los detalles.
historial de versiones
- Versión 2016R1 publicado en 2014-10-01
Nueva versión
Detalles del programa
Cluf
EULA - Contrato de licencia de usuario final
Contrato de licencia Invantive(R) Control (edición de prueba)
Este documento es un acuerdo entre usted, el Licenciatario, y Invantive B.V., el Proveedor, con su domicilio social y sede principal en Harderwijk (NL).
Usted declara que utilizará el Software exclusivamente de acuerdo con los términos y condiciones establecidos a continuación. Al copiar todo o parte del Software, instalarlo o utilizarlo, usted declara que acepta este acuerdo y todos los términos y condiciones incluidos en el mismo.
Al considerar que:
* El Proveedor es el titular de los derechos del Software;
* El Licenciatario desea adquirir el derecho a utilizar este Software durante un plazo definido;
* Las Partes han llegado a un acuerdo, y este acuerdo se ha establecido en este documento y en sus Apéndices (en lo sucesivo denominado «acuerdo de licencia»);
Artículo 1 Definiciones
1.1 Los términos indicados en este Acuerdo de Licencia que comienzan con una letra mayúscula tienen el significado que se les adjunta en este artículo.
* Apéndices/Apéndices: los documentos adjuntos a este Acuerdo de Licencia que forman parte integrante del mismo, y en los que se describen detalladamente los acuerdos establecidos en el Acuerdo de Licencia.
* Documentación: el manual de usuario del Software que ha sido elaborado por el Proveedor y que ha sido integrado en la función Ayuda del Software y/o que se pone a disposición como archivos PDF separados o como formato de ayuda.
* Especificaciones: los requisitos indicados que el Software debe cumplir, como se describe más adelante en la Documentación.
* Configuración del ordenador: la red que consta de hardware y sistemas operativos correspondientes, en la que el Software puede, en cualquier caso, funcionar. Para ejecutar el Software en hardware, el hardware debe cumplir los requisitos descritos en la Documentación y debe adquirir y configurar los componentes descritos en la Documentación por separado. Por último, el uso combinado de productos antivirus y cortafuegos junto con el Software solo está permitido para las ediciones de negocios a gran escala. No se admiten las ediciones dirigidas a los consumidores y a las pequeñas empresas.
* Usuarios designados: el número de personas físicas que tienen acceso al Software, independientemente de si la persona física en cuestión está utilizando activamente el Software en un momento dado. Todos los dispositivos que aún no están siendo operados por personas que tienen acceso al Software también se consideran un Usuario Designado separado. Si el hardware o software de multiplexación tiene acceso al Software (por ejemplo, a través de un monitor TP, un producto de servidor web o carga automática de detalles), a continuación, la determinación de los usuarios designados debe producirse a través del hardware o software de multiplexación para el hardware o software de multiplexación. El Proveedor organizará medidas técnicas (de supervisión) que dificulten tanto la superación del número de Usuarios Designados con licencia que no se haga fácilmente sin intentar hacerlo deliberadamente, lo que incluye pero no se limita al envío de información del usuario desde el Software al Proveedor.
* Líderes de Proyectos: el número de personas físicas que son responsables de la gestión de proyectos y/o el desarrollo de proyectos. A efectos de licencias, esto se define como una persona física que está vinculada a un proyecto activo registrado en software como líder del proyecto/desarrollador de proyectos. Esta conexión debe ser un reflejo de la verdad. El Proveedor organizará medidas técnicas (de monitoreo) que dificulten tanto la superación del número de Líderes de Proyectos con licencia que no se haga fácilmente sin intentar hacerlo deliberadamente, lo que incluye pero no se limita al envío de información del usuario desde el Software al Proveedor.
* Error: un defecto en el Software que impide que el Software funcione de acuerdo con las Especificaciones.
* Acuerdo de licencia: el acuerdo actual.
* Ubicación: el lugar físico donde se encuentra el Software y/o la Configuración del Ordenador en el que opera el Software.
Artículo 2 Asunto del presente Acuerdo de Licencia
2.1 El Proveedor otorga al Licenciatario una licencia no exclusiva para utilizar el Software y la Documentación, tal como se describe más adelante en este Acuerdo de Licencia, y esta licencia es aceptada por el Licenciatario. El Licenciatario tiene derecho a utilizar el Software en su Configuración del Equipo.
2.2 El Licenciatario solo podrá utilizar el Software para el tratamiento de datos dentro de su propia empresa y subsidiarias según se define en la Sección 2:24a del Código Civil Holandés [BW]. El Software también puede utilizarse conjuntamente con un tercero si este tercero está trabajando en una asociación con el Licenciatario en proyectos, en cuyo caso esto solo puede utilizarse para los proyectos para los que se celebró la asociación. El Licenciatario es responsable de garantizar que cualquier tercero respete las disposiciones de este Acuerdo de Licencia como si el tercero fuera una parte integral de la organización del Licenciatario.
2.3 Los siguientes apéndices forman parte de este Acuerdo de Licencia:
* Apéndice 1 Descripción del Software.
2.4 En caso de conflicto entre las disposiciones de este Acuerdo de Licencia y los Apéndices, prevalecerán las disposiciones de este Acuerdo de Licencia.
Artículo 3 Plazo y terminación del Acuerdo de Licencia
3.1 El Acuerdo de Licencia se ha celebrado por un plazo definido de dos meses. El Acuerdo de Licencia finalizará después de la expiración de este término por ley sin requerir ninguna notificación o notificación de terminación.
3.2 De lo contrario, el Acuerdo de licencia se rescindirá únicamente en caso de que ambas partes acuerden por escrito la terminación del Acuerdo de Licencia.
3.3 En caso de que este Acuerdo de Licencia rescinda, independientemente de la razón, el Licenciatario está obligado a dejar de usar el Software y a devolver inmediatamente (todas las copias del Software) al Proveedor.
Artículo 4 Condiciones de uso
4.1 Durante la vigencia del Contrato de licencia, el Licenciatario puede cargar, ver, ejecutar o almacenar el Software en la Configuración del Equipo, en la medida en que esto esté de acuerdo con el uso destinado al Software.
4.2 El Licenciatario tiene derecho a mantener copias de seguridad del Software y/o a crearlas, para uso temporal o para protección.
4.3 El derecho de uso concedido en el artículo 2.1 también está sujeto a las siguientes limitaciones:
* El Licenciatario no está autorizado a poner el Software y la Documentación a disposición de terceros ni utilizarlos en nombre de terceros.
* El Licenciatario no está autorizado a modificar o adaptar el Software o la Documentación.
* El Licenciatario puede reproducir la Documentación. Las copias producidas sólo pueden ser utilizadas por el propio personal del Licenciatario para uso interno. No se permite ninguna divulgación adicional de la Documentación.
* El Licenciatario no está autorizado a reconstruir el código fuente del Software mediante ingeniería inversa. En el caso de que el Licenciatario necesite información para lograr la Interoperabilidad del Software utilizando su propio software informático o el de terceros, el Licenciatario presentará una solicitud por escrito al Proveedor para obtener la información necesaria, proporcionando razones. El Proveedor, en este caso, notificará al Licenciatario dentro de un período de tiempo razonable si el Licenciatario tendrá o no acceso a la información deseada y las condiciones bajo las cuales se proporcionará.
* No se permite al Licenciatario eliminar ninguna indicación relativa a derechos de autor, marcas comerciales, nombres comerciales u otros derechos de propiedad (intelectuales) del Software o de la Documentación.
4.4 El Proveedor tiene derecho a investigar si el Licenciatario está utilizando o no el Software de una manera que corresponda a los términos y condiciones de este Acuerdo de Licencia. El Licenciatario está obligado a cooperar con dicha auditoría y a conceder al Proveedor acceso a la Ubicación para este propósito. El Proveedor asumirá sus propios costos, así como los costos del Licenciatario asociados con este tipo de auditoría. Las estipulaciones del artículo ?9.1 también se aplican a este tipo de auditoría.
Garantía del Artículo 5
5.1 El Proveedor garantiza que el Software funcionará de acuerdo con las Especificaciones durante un mes después de su compra.
5.2 Durante el período de garantía, el Licenciatario tiene derecho a la reparación de Errores, sin cargo alguno. Las reparaciones también se pueden llevar a cabo utilizando una restricción diseñada para evitar problemas, o proporcionando una actualización. Tras la expiración del período de garantía, el Licenciatario sólo tendrá derecho a la reparación de errores si se ha celebrado un Contrato de Mantenimiento entre las partes.
5.3 En caso de que el Proveedor no repare los Errores observados por el Licenciatario durante el período de garantía, el Licenciatario tiene derecho a rescindir el Contrato de Licencia.
5.4 La garantía del artículo ?5.1 caducará si el Proveedor demuestra que los errores en cuestión surgieron como resultado de reparaciones de errores, mantenimiento o modificaciones realizadas por o en nombre del Licenciatario.
Artículo 6 Transferencia
6.1 El Proveedor podrá transferir los derechos y obligaciones derivados de este Acuerdo de Licencia a un tercero.
6.2 El Licenciatario no está autorizado a transferir los derechos y obligaciones derivados de este Acuerdo de Licencia a un tercero sin notificarlo previamente al Proveedor por escrito. El Proveedor tiene derecho a adjuntar condiciones a la concesión de este permiso.
Artículo 7 Derechos de propiedad intelectual
7.1 Los derechos de propiedad intelectual asociados con el Software y la Documentación están conferidos al Proveedor o a sus licenciantes y/o proveedores. El Software sigue siendo propiedad del Proveedor.
7.2 El Proveedor indemniza al Licenciatario en los procedimientos legales iniciados contra él por terceros y que se basan en la afirmación de que el uso del Software y/o la Documentación infringen los derechos de propiedad intelectual de estos terceros a menos que:
* El Licenciatario no notifica inmediatamente al Proveedor por escrito de la reclamación, o
* las reclamaciones en cuestión iniciadas por terceros se deben a cambios en el Software que fueron introducidos en el Software por el Licenciatario o por terceros que ha contratado; O
* Las reclamaciones en cuestión iniciadas por terceros son causadas por el uso del Software y/o la Documentación de una manera que de otro modo infrinja las condiciones de este Acuerdo de Licencia.
7.3 La indemnización a que se refiere el artículo ?7.2 sólo se aplica si el Licenciatario entrega todo el procedimiento del caso, incluido el desarrollo de negociaciones de liquidación, al Proveedor y, si se le pide, concede al Proveedor la cooperación necesaria.
7.4 El Licenciatario certifica que, en caso de que se inicie una acción a que se refiere el artículo ?7.2, que dará su consentimiento para permitir al Proveedor, a su propia discreción,:
* modificar el Software y/o la Documentación (o hacer esto) de tal manera que ya no infrinja los derechos;
* reemplazar el Software y/o la Documentación por un producto funcionalmente equivalente;
* Recuperar el Software y/o la Documentación del Licenciatario y pagar la compensación del Licenciatario en el monto de la Tarifa de Licencia que ha pagado.
Artículo 8 Responsabilidad
8.1 La parte que incumpla de manera imputada frente a la otra parte y/o cometa un acto ilícito con respecto a la otra parte, de la que es responsable, está sujeta a indemnización por los daños sufridos y/o sufridos por esa parte.
8.2 La responsabilidad del Proveedor de conformidad con el párrafo anterior se limita a ?10,000 por incidente, sujeto a un máximo del monto total de la Tarifa de Licencia que se ha cobrado.
8.3 Queda excluida la responsabilidad de las partes por daños indirectos o consecuentes. Ejemplos de esto incluyen la pérdida de beneficios o la pérdida de ahorros.
8.4 Las Partes sólo tienen derecho a reclamar una indemnización por cualquier daño a que se refiere el Artículo ?8.1 con respecto a una infracción atribuible si la parte agraviada declara que la parte que incumple está en incumplimiento, y esta última no cumple dentro del período de tiempo determinado. La obligación de proporcionar la notificación de incumplimiento caduca si el cumplimiento o la reparación siguen siendo imposibles.
8.5 La limitación de responsabilidad prevista en el artículo ?8.2 expira cuando:
* el daño es causado por una violación de los derechos de propiedad intelectual;
* el daño es causado por intención o negligencia grave por parte de la parte responsable de los actos negligentes/ilícitos;
* el daño surge de reclamaciones de terceros como resultado de la muerte o lesiones corporales.
Artículo 9 Confidencialidad
9.1 Las Partes harán todo lo posible para evitar que la información confidencial perteneciente a la otra parte sea divulgada o puesto a disposición de terceros. Nada de esto se aplica en el caso de que la parte que divulga la información demuestre que ciertos detalles ya se han convertido en conocimiento público, como resultado de acciones que no sean una violación de este requisito de confidencialidad, o en el caso de que una parte se vea obligada a revelar información confidencial por parte de una autoridad (judicial) autorizada para este fin.
9.2 El Proveedor no está autorizado a anunciar en anuncios, mensajes promocionales u otras actividades dentro del alcance de sus esfuerzos de marketing el hecho de que el Licenciatario es uno de sus clientes, con la excepción del permiso previo por escrito del Licenciatario.
Artículo 10 Otras disposiciones
10.1 El Artículo 7 (Propiedad Intelectual), el Artículo 8 (Responsabilidad), el Artículo 9 (Confidencialidad), el Artículo 11 (Solución de Controversias) y el Artículo 12 (Ley aplicable) seguirán siendo, por su naturaleza, aplicables después de la terminación de este Acuerdo de Licencia.
10.2 Los términos y condiciones generales de venta de las partes no son aplicables.
10.3 En caso de que una o más de las disposiciones de este Acuerdo de Licencia se conviertan en nulas, en violación de la ley, o inaplicables, esto no afectará la validez de las disposiciones restantes. Las Partes negociarán sobre una nueva disposición, en consulta mutua, para reemplazar la disposición nula o inaplicable, que sigue lo más de cerca posible el propósito de la disposición nula o inaplicable.
10.4 Cualquier notificación entre las partes sobre la base del Acuerdo de Licencia debe hacerse por escrito. Un mensaje que se puede leer electrónicamente se considera igual a lo anterior.
10.5 Cualquier compromiso verbal y acuerdo será sin efecto, a menos que estos sean confirmados por escrito o electrónicamente por una parte.
10.6 El hecho de que una parte no ejerza ningún derecho o recurso no implica la renuncia a ese derecho o recurso.
Artículo 11 Solución de controversias
11.1 El tribunal del distrito en el que el Proveedor tiene su domicilio social en los Países Bajos es el único tribunal competente para conocer de cualquier controversia entre las partes relacionada con el actual Acuerdo de Licencia.
Artículo 12 Ley aplicable
12.1 Este Acuerdo de Licencia se rige por las leyes de los Países Bajos.
Apéndice 1 Descripción del software:
El Software consta de:
Control invantivo(R)
Además, todas las personalizaciones del Software creadas por el Proveedor siguiendo las instrucciones del Licenciatario que se incluye en él y cuyos derechos de propiedad intelectual han sido transferidos al Proveedor. A menos que se acuerde explícitamente lo contrario, los derechos de propiedad intelectual de todas las personalizaciones volverán al Proveedor.
Los componentes que explícitamente no forman parte del Software incluyen:
* Enlaces a otros sistemas.
* Licencias de desarrollo de Productores Invántes o partes de las mismas.
* Funcionalidad añadida como módulos vendidos por separado a Invantive(R) Control tras la firma del Acuerdo de Licencia