Forum Marketing 1.0

Licencia: Prueba gratuita ‎Tamaño del archivo: 1.00 MB
‎Calificación de usuarios: 3.2/5 - ‎5 ‎Votos

Este es el software de marketing de foro más potente disponible en la web. Usando este programa, puede multiplicar rápida y fácilmente sus esfuerzos de marketing estableciendo su presencia y construyendo autoridad en cualquier número de foros dirigidos a su nicho, creando enlaces hacia atrás e impulsando a los visitantes interesados a su sitio web.

historial de versiones

  • Versión 1.0 publicado en 2007-12-19
    n/a.

Detalles del programa

Cluf

EULA - Contrato de licencia de usuario final

ACUERDO DE LICENCIA DE SOFTWARE Este Contrato de Licencia de Software ("Acuerdo") se hace y se hace efectivo inmediatamente después de instalar el mismo software en el ordenador de usuario/licenciatario por y entre ("Developer") y ("Licensee"). Developer ha desarrollado y licenciado a los usuarios de su programa de software comercializado bajo los nombres de empresas o títulos generales de Stealth Marketing Software, Tsoft, SpecialOperationsSoftware, MarketerSOS y otros (el "Software"). El Licenciatario desea utilizar una copia del Software. AHORA, POR LO TANTO, en consideración a las promesas mutuas establecidas en este documento, el Desarrollador y el Licenciatario acuerdan lo siguiente: 1. Licencia. El Desarrollador otorga al Licenciatario una licencia perpetua, no exclusiva y limitada para usar el Software en los Estados Unidos de América y/u otras jurisdicciones según lo establecido en este Acuerdo. 2. Restricciones. El Licenciatario no podrá modificar, copiar, duplicar, reproducir, licenciar o sublicenciar el Software, ni transferir o transmitir el Software o cualquier derecho en el Software a nadie más sin el consentimiento previo por escrito del Desarrollador; siempre que el Licenciatario pueda hacer una copia del Software con fines de copia de seguridad o archivo. [entendiendo que dicho software de copia de seguridad no funcionará hasta/a menos que el desarrollador active la misma copia] 3. Tarifa. En consideración a la concesión de la licencia y el uso del Software, el Licenciatario se compromete a pagar al Desarrollador una tarifa de licencia. 4. Garantía de título. Por la presente, el Desarrollador declara y garantiza al Licenciatario que el Desarrollador es el propietario del Software o tiene el derecho de otorgar al Licenciatario los derechos establecidos en este Acuerdo. En caso de incumplimiento o amenaza de incumplimiento de la representación y garantía anterior, El único recurso de los Licenciatarios será exigir al Desarrollador o a: i) adquirir, a expensas del Desarrollador, el derecho a utilizar el Software, ii) reemplazar el Software o reemplazarlo con Software de funcionalidad comparable a discreción de los desarrolladores, o iii) reembolsar al Licenciatario el monto total o parcial de la tarifa de licencia a la devolución del Software y todas las copias del mismo al Desarrollador dentro de un plazo mínimo permitido y aplicado por la ley establecida dentro del estado, ubicación o territorio del desarrollador. 5. Garantía de funcionalidad. Un. Durante un período de 30 días a partir de la entrega del Software al Licenciatario (el "Período de Garantía"), el Desarrollador garantiza que el Software deberá realizar en todos los aspectos materiales de acuerdo con las especificaciones del Desarrollador relativas al Software cuando se utilice con el equipo informático adecuado. En caso de incumplimiento o presunto incumplimiento de esta garantía, el Licenciatario notificará inmediatamente al Desarrollador y devolverá el Software al Desarrollador a expensas del Licenciatario. El único recurso de los licenciatarios será que el Desarrollador corrija el Software para que funcione de acuerdo con la garantía. Esta garantía no se aplicará al Software si es modificada por alguien o si se utiliza incorrectamente o en un entorno operativo no aprobado por el Licenciante. B. En caso de cualquier defecto en los medios sobre los que se proporciona el Software que surja dentro de los 30 días de la fecha de entrega del Software, al devolver al Desarrollador del Software sobre el medio original, el Desarrollador proporcionará al Licenciatario una nueva copia del mismo Software o modificado a discreción de los desarrolladores. 6. Mantenimiento de software. A. Mantenimiento estándar. Durante el Período de Garantía, el Desarrollador deberá proporcionar al Licenciatario cualquier versión nueva, corregida o mejorada del Software creada por el Desarrollador. Dicha mejora incluirá todas las modificaciones al Software que aumenten la velocidad, eficiencia o facilidad de uso del Software, o agreguen capacidades o funciones adicionales al Software, pero no incluirán ninguna versión sustancialmente nueva o reescrita del Software. B. Mantenimiento opcional. Después de la expiración del Período de Garantía, el Licenciatario puede continuar recibiendo soporte de mantenimiento por períodos sucesivos de doce (12) meses. El cargo por dicho soporte de mantenimiento opcional será el precio de lista regular de los desarrolladores para el mantenimiento y el soporte para el Software, tal como lo publica de vez en cuando el desarrollador. El Licenciante notificará al Desarrollador por escrito si desea recibir mantenimiento opcional. Si el Licenciatario no toma mantenimiento opcional y luego decide recibirlo, el Desarrollador se reserva el derecho de cobrar al Licenciatario sus tarifas de mantenimiento por el período de lapso de mantenimiento. El Desarrollador puede optar por interrumpir el mantenimiento en cualquier momento previo aviso al Licenciatario, y el reembolso de cualquier cargo de mantenimiento no obtenido. 7. Pago. El pago de la tarifa de licencia se realizará en el momento de la entrega del Software. El pago de cualquier otra cantidad adeudada por el Licenciatario al Desarrollador de conformidad con este Acuerdo se pagará dentro de los treinta (30) días siguientes a la factura del Desarrollador. En el caso de que cualquier cantidad vencida adeudada por el Licenciatario no se pague después de diez (10) días de notificación por escrito del Desarrollador, entonces además de cualquier otra cantidad adeudada, el Desarrollador puede imponer y el Licenciatario pagará un cargo por pago atrasado a la tasa del uno por ciento (1%) por mes en cualquier cantidad atrasada. 8. Impuestos. Además de todas las demás cantidades adeudadas en virtud del presente documento, el Licenciatario también pagará al Desarrollador, o reembolsará al Desarrollador, según corresponda, todos los montos adeudados por el impuesto sobre la propiedad en el Software y por las ventas, el uso, los impuestos especiales u otros impuestos que se miden directamente por los pagos realizados por el Licenciatario al Desarrollador. En ningún caso el Licenciatario estará obligado a pagar ningún impuesto pagado sobre los ingresos del Desarrollador o pagado por el privilegio de los Desarrolladores de hacer negocios. 9. Exención de responsabilidad de garantía. LAS GARANTIAS DE LOS DESARROLLOS ESTABLECIDAS EN ESTE ACUERDO SON EXCLUSIVAS Y SON EN RESPONSABILIDAD DE TODAS LAS OTRAS GARANTIAS, EXPRESAS O IMPLEMENTADAS, INCLUYENDO, PERO NO LIMITADAS A, LAS GARANTIAS IMPLICAS DE COMERCIABILIDAD E IDONEIDAD PARA UN FIN PARTICULAR. 10. Limitación de responsabilidad. El Desarrollador no será responsable ni pagará ninguna cantidad de daños incidentales, consecuentes u otros daños indirectos, ya sea en función de la pérdida de ingresos o de otro modo, independientemente de si el Desarrollador fue informado de la posibilidad de tales pérdidas por adelantado. En ningún caso la responsabilidad de los Desarrolladores en virtud del presente excederá la cantidad de tarifas de licencia pagadas por el Licenciatario, independientemente de si la reclamación de los Licenciatarios se basa en contrato, agravio, responsabilidad estricta, responsabilidad del producto o de otra manera. 11. Aviso. Cualquier notificación requerida por este Acuerdo o dada en relación con él, será por escrito y se entregará a la parte apropiada por entrega personal o por correo certificado, franqueo prepagado, o servicios de entrega nocturnos reconocidos. 12. Ley aplicable. Este Acuerdo se interpretará y aplicará de acuerdo con las leyes del estado de Texas. 13. Sin asignación. Ni este Acuerdo ni ningún interés en este Acuerdo pueden ser cedidos por el Licenciatario sin la previa aprobación expresa por escrito del Desarrollador. 14. Acuerdo final. Este Acuerdo pone fin y reemplaza todos los acuerdos o acuerdos previos sobre el objeto del presente. Este Acuerdo sólo podrá ser modificado por otro escrito debidamente ejecutado por ambas partes. 15. Divisibilidad. Si un tribunal de jurisdicción competente considera que cualquier término de este Acuerdo es inválido o inaplicable, este Acuerdo, incluidos todos los términos restantes, permanecerá en pleno vigor y efecto como si nunca se hubiera incluido dicho término inválido o inaplicable. 16. Encabezados. Los encabezados utilizados en este Acuerdo se proporcionan únicamente por conveniencia y no se utilizarán para interpretar significado o intención. 17. Código ejecutable Este software puede contener más que el programa de software ejecutable principal utilizado y requerido junto con el ejecutable principal para habilitar ciertas funciones, incluyendo pero no limitado a las funciones secundarias necesarias para lograr el efecto final del objetivo del software, así como las capacidades de comunicación para inducir y / o mantener el contacto con el usuario del software.