Feli-X 106

Licencia: Gratis ‎Tamaño del archivo: 1.63 MB
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Feli-X es un navegador con pestañas gratuito basado en la tecnología Internet Explorer. Feli-X puede cargar bibliotecas de enlaces preparadas por Optimal Desktop. Los enlaces Feli-X están organizados en una contratación de metáforas del Gabinete. Cada gabinete cuenta con un conjunto de cajones. Los cajones contienen enlaces a varios sitios web. Para crear archivos Feli-X o modificar las pestañas necesitas el programa creador Feli-X Optimal Desktop. El http://www.feli-x.com tiene una biblioteca de archivos Feli-X. Visite este sitio con frecuencia y obtenga los temas más recientes en formato de archivo Feli-X.

historial de versiones

  • Versión 106 publicado en 2006-06-01

    EULA - Contrato de licencia de usuario final



    OPTIMAL ACCESS, INC. ("OPTIMAL ACCESS") ESTÁ DISPUESTO A LICENCIAR EL SOFTWARE SOLAMENTE EN EL
    CONDICION QUE ACEPTA TODAS LAS CONDICIONES CONTENIDAS EN ESTE ACUERDO DE LICENCIA DE SOFTWARE.
    CONTRATO DE LICENCIA DE SOFTWARE

    1. Partes. Las partes en este Acuerdo son usted, el licenciatario ("You") y El Acceso Óptimo. Si usted no está actuando en nombre de Usted mismo como individuo, entonces "You" se refiere a su empresa u organización.

    2. El Software. Los programas informáticos, compilaciones de datos y documentación que lo acompañan se conocen en el presente documento como "Software".

    3. Restricciones. Usted no puede: (i) modificar o traducir el Software; (ii) realizar ingeniería inversa, descompilar o desensamblar el Software, excepto en la medida en que esta restricción esté expresamente prohibida por la ley aplicable; (iv) crear trabajos derivados basados en el Software; (v) fusionar el Software con otro producto; (vi) copiar el Software, excepto según lo dispuesto expresamente anteriormente; o (vii) eliminar u ocultar cualquier aviso o etiqueta de derechos de propiedad en el Software.

    4. Transferencias. Usted no puede transferir los derechos del software en virtud de este Acuerdo sin el consentimiento previo por escrito de Optimal Access, cuyo consentimiento no se retendrá injustificadamente. Una condición para cualquier transferencia o cesión será que el destinatario acepte los términos de este Acuerdo. Cualquier intento de transferencia o cesión que infrinja esta disposición será nulo y sin efecto.

    5. Propiedad. Optimal Access y sus proveedores son propietarios del Software y de todos los derechos de propiedad intelectual incorporados en el mismo, incluidos los derechos de autor y los valiosos secretos comerciales incorporados en la metodología de diseño y codificación de softwares. El Software está protegido por las leyes de derechos de autor de los Estados Unidos y las disposiciones de tratados internacionales. Este Acuerdo le proporciona únicamente una licencia de uso limitado y ninguna propiedad de ninguna propiedad intelectual.

    6. Garantía limitada; Limitación de responsabilidad. El Acceso Óptimo garantiza únicamente a Usted que el Software funcionará sustancialmente de acuerdo con la documentación adjunta.

    7. Ley Local. Si las garantías implícitas no pueden ser rechazadas bajo la ley aplicable, entonces CUALQUIER GARANTIA IMPLICA SE LIMITA EN DURACIóN AL PERIODO REQUERIDO POR LA LEY APLICABLE. Algunos estados no permiten limitaciones en cuanto a cuánto tiempo puede durar una garantía implícita, por lo que es posible que las limitaciones anteriores no se apliquen a Usted. Esta garantía le otorga derechos específicos, y usted puede tener otros derechos que varían de una jurisdicción a otra.

    8. Limitación de responsabilidad. INDEPENDIENTE DE LAS DISPOSICIONES DE RENUNCIA, EN NINGUNA CASO Y BAJO NINGUNA TEORIA LEGAL, INCLUYENDO, SIN LIMITACIONES, LA RESPONSABILIDAD DE LOS PRODUCTOS, TORT, CONTRACT O ESTRICTO, SERÁ OPTIMAL ACCESO O CUALQUIERA DE SUS PROVEEDORES RESPONSABLE A USTED O A CUALQUIER OTRA PERSONA POR CUALQUIER INDIRECTO, ESPECIAL, INCIDENTAL, ESTA LIMITACION NO SE APLICA A LA RESPONSABILIDAD POR MUERTE O LESIONES PERSONALES EN LA MEDIDA PROHIBIDA POR LA LEY APLICABLE. EN NINGUNA CASO LA RESPONSABILIDAD DE ACCESOS OPTIMALES POR DAños REALES POR CUALQUIER CAUSA, Y CON RESPECTO A LA FORMA DE ACCION, EXCEDE LA CANTIDAD DEL PRECIO DE COMPRA PAGADO POR LA LICENCIA DE SOFTWARE.

    9. Controles de exportación. Usted acepta cumplir con todas las leyes y restricciones y regulaciones de exportación de los Estados Unidos o agencias o autoridades extranjeras, y no exportar o reexportar el Software o cualquier producto directo del mismo en violación de dichas restricciones, leyes o regulaciones, o sin todas las aprobaciones necesarias. Según corresponda, cada parte obtendrá y asumirá todos los gastos relacionados con las licencias y/o exenciones necesarias con respecto a su propia exportación del Software desde los ESTADOS UNIDOS. Ni el Software ni la información o tecnología subyacentes pueden transmitirse o exportarse electrónicamente o
    reexportado (i) a Cuba, Irán, Libia, Corea del Norte, Sudán, Siria o cualquier otro país sujeto a sanciones comerciales de Los Estados Unidos que cubran el Software, a individuos o entidades controladas por dichos países, o a nacionales o residentes de países distintos de los nacionales que sean legalmente admitidos residentes permanentes de países no sujetos a tales sanciones; o (ii) a cualquier persona en la lista de los Departamentos del Tesoro de los Estados Unidos de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas o la Tabla de Órdenes de Denegación de los Departamentos de Comercio de los Estados Unidos. Al descargar o utilizar el Software, el Licenciatario acepta lo anterior y declara y garantiza que cumple con estas condiciones.

    10. Usuarios finales del Gobierno de los Estados Unidos. El Software es un "artículo comercial," como ese término se define en 48 C.F.R. 2.101 (Octubre.1995), que consiste en "software informático comercial" y "documentación de software informático comercial,&4; como tales términos se utilizan en 48 C.F.R. 12.212 (septiembre 1995). De conformidad con 48 C.F.R. 12.212 y 48 C.F.R. 227.7202-1 a 227.7202-4 (junio de 1995), todos los Usuarios Finales del Gobierno de los Estados Unidos adquieren el Software únicamente los derechos aquí establecidos.

    11. Licenciatario fuera de los EE. UU. Si usted se encuentra fuera de los EE. UU., se aplicarán las siguientes disposiciones: (i) Las partes aux presentes confirment leur volonte que cette convention de meme que tous les documents y compris tout avis qui siy rattache, soient rediges en langue anglaise (traducción: "Las partes confirman que este Acuerdo y toda la documentación relacionada está y estará en el idioma inglés."; y (ii) Usted es responsable de cumplir con cualquier ley local en su jurisdicción que pueda afectar su derecho a importar, exportar o utilizar el Software, y usted declara que ha cumplido con las regulaciones o procedimientos de registro requeridos por la ley aplicable para hacer que esta licencia sea ejecutable.

    12. Divisibilidad. Si alguna disposición de este Acuerdo se declara inválida o inaplicable, dicha disposición se considerará modificada en la medida necesaria y posible para hacerla válida y ejecutable. En cualquier caso, la inaplicabilidad o invalidez de cualquier disposición no afectará a ninguna otra disposición de este Acuerdo, y este Acuerdo continuará en pleno vigor y efecto, y se interpretará y aplicará, como si dicha disposición no hubiera sido incluida, o hubiera sido modificada como se proporcionó anteriormente, según sea el caso.

    13. Arbitraje. Excepto por las acciones para proteger los derechos de propiedad intelectual y para hacer cumplir una decisión de árbitros en virtud del presente, todas las disputas, controversias o reclamaciones que surjan de o relacionadas con este Acuerdo o un incumplimiento de los mismos se someterán y finalmente se resolverán mediante arbitraje bajo las reglas de la Asociación Americana de Arbitraje ("AAA") en vigor. Habrá un árbitro, y dicho árbitro será elegido de mutuo acuerdo de las partes de acuerdo con las reglas de la AAA. El arbitraje se llevará a cabo en Wilmington, DE, y puede llevarse a cabo por teléfono o en línea. El árbitro aplicará las leyes del Estado de Delaware, EE. UU. a todas las cuestiones en disputa. La controversia o reclamación será arbitrada de forma individual, y no se consolidará en ningún arbitraje con ninguna reclamación o controversia de ninguna otra parte. Las conclusiones del árbitro serán definitivas y vinculantes.

Detalles del programa